Respuesta:
Hay dos vías:
a). Si el predio es de la Nación, debe contactar a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), pero lo más probable es que ellos lo contacten a usted, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital- UAECD enviará el resultado del censo predial a dicha Agencia.
b). Si el predio es de un particular que no le escrituró o lo que haya pasado, debe iniciar un proceso de pertenencia ante la entidad judicial competente.