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"Sobre el Número Predial Nacional (NUPRE), el artículo 2.2.2.1.1. del Decreto Nacional 1170 de 2015, modificado por el artículo 1.º del Decreto Nacional 148 de 2020, establece: “Es un código único para identificar los inmuebles tanto en los sistemas de información catastral como registral. El NUPRE no implicará la supresión de la numeración catastral ni registral asociada a la cédula catastral ni a la matrícula inmobiliaria actual”.  Así mismo, el artículo segundo de la Resolución 2372 de 2019, la cual establece los datos abiertos de la UAECD, estipula que el NUPRE es un dato abierto (...). Así mismo, el artículo segundo de la Resolución 2372 de 2019, la cual establece los datos abiertos de la UAECD, estipula que el NUPRE es un dato abierto (...)"

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