Artículo 48 del Decreto 190 de 2004: ¿Cuando los planes zonales definan las condiciones y ámbitos espaciales de distribución equitativa de cargas y beneficios, especialmente las cargas de carácter zonal y/o general que deban ser asumidas por los propietarios de predios incluidos en el área en los términos de la ley, se denominarán Planes de Ordenamiento Zonal. Instrumento de planeamiento, mediante el cual se definen los proyectos de sistemas generales, los programas y los sectores normativos para porciones determinadas del territorio de la ciudad. // En la definición de las áreas urbanas en las que se aplican los planes de ordenamiento zonal, se adoptan las Unidades de Planeación Zonal (UPZ).