Acto de comunicación surtido por una autoridad de cualquier índole, mediante el cual se da a conocer a las partes y excepcionalmente a terceros, siempre que tengan interés en el proceso, la decisión tomada. Además la notificación señala el comienzo o iniciación de los términos durante los cuales las partes pueden ejercer el derecho de contradicción. La notificación puede ser: Personal, por Aviso, por estado, en estrados o por conducta concluyente.